Marchena
El Consistorio amplía el horario de cierre de bares durante las Navidades en dos horas los fines de semana y festivos a partir del día 23 de diciembre, tras autoriarlo la Subdelegación del Gobierno.
Según nota enviada a ésta recacción el Consistorio tiene potestad para establecer los horarios especiales de apertura y cierre de bares, según la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, y la Orden de 25 de marzo de 2002, por la que se regulan los horarios de apertura en festivos del 23 de Diciembre de 2.016, hasta el Miércoles, 6 de Enero de 2.017.
Por ello el Consistorio ordena ampliar con carácter temporal durante la Navidad de 2016 el horario general de los establecimientos de hostelería y restauración incluidos los pub y bares con música y de los establecimientos de esparcimiento con licencia de discotecas en dos horas adicionales del que le corresponda de acuerdo con el articulo 2 de la Orden de 25 de marzo de 2002, por la que se regulan los horarios de apertura y cierre de los establecimientos públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
El Consistorio amplía el horario de cierre de bares durante las Navidades
El Consistorio amplía el horario de cierre de bares durante las Navidades en dos horas los fines de semana y festivos a partir del día 23 de diciembre, tras autoriarlo la Subdelegación del Gobierno.
Según nota enviada a ésta recacción el Consistorio tiene potestad para establecer los horarios especiales de apertura y cierre de bares, según la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, y la Orden de 25 de marzo de 2002, por la que se regulan los horarios de apertura en festivos del 23 de Diciembre de 2.016, hasta el Miércoles, 6 de Enero de 2.017.
Por ello el Consistorio ordena ampliar con carácter temporal durante la Navidad de 2016 el horario general de los establecimientos de hostelería y restauración incluidos los pub y bares con música y de los establecimientos de esparcimiento con licencia de discotecas en dos horas adicionales del que le corresponda de acuerdo con el articulo 2 de la Orden de 25 de marzo de 2002, por la que se regulan los horarios de apertura y cierre de los establecimientos públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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