Marchena
Seis meses de cárcel para un ex concejal socialista de Arahal por permitir una construcción en suelo no urbanizable
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa
Press, la juez condena al ex concejal por un delito contra la ordenación
del territorio, con la atenuante de dilaciones indebidas, a seis meses
de prisión, al pago de una multa de 1.080 euros y a seis meses de
inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de
constructor.
La magistrada, que condena a la misma
pena de prisión y al pago de una multa de 1.800 euros al constructor del
inmueble, identificado como D.G.B., acuerda la demolición de lo
construido y acuerda suspender la pena privativa de libertad impuesta a
cada uno de los acusados, por plazo de dos años, siempre que lleven a
cabo la demolición de lo construido en seis meses.
La
juez considera probado que D.G.B. adquirió el 3 de octubre de 2005 una
subparcela de 700 metros cuadrados en el paraje de 'Las Jaretas', de
manera que el contrato privado definía el terreno como finca rústica y
la normativa de planeamiento de la localidad lo catalogaba como suelo no
urbanizable común, lo que implica que estén prohibidos todos los usos
ajenos al carácter agropecuario del suelo.
Pese a ello, este acusado procedió entre diciembre de
2006 y agosto de 2007 a la construcción de una casa de 100 metros
cuadrados y una piscina de 40 metros cuadrados, todo ello "bajo el
auspicio consciente" del ex concejal, quien dado su cargo era "la
persona competente para haber acordado la paralización de las obras".
De
este modo, entre los imputados se acordó, tras su finalización, que el
ex concejal disfrutara la vivienda, lo que hizo "plenamente consciente
de la ilegalidad" mediante la firma de un contrato el 1 de diciembre de
2007 "en el que se hacía constar la naturaleza rústica del terreno".
Asimismo,
resolvieron que el ex concejal se encargara de llevar a cabo las
mejoras de la finca a cambio del uso de la misma, "y sin perjuicio de
las ocasiones en que realizara el pago de un alquiler formal".
La
juez asevera que "las construcciones en ningún caso fueron autorizadas y
no podrían haberlo sido, por tratarse de obras incompatibles con el
tipo de suelo", de acuerdo con la normativa de planeamiento del
municipio y la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).
Como
consecuencia de ello, el Ayuntamiento incoó contra ambos imputados, en
calidad de promotores de las obras, un expediente de restauración de la
legalidad el 30 de noviembre de 2009, ordenando la inmediata
paralización y restauración del suelo.
El coste de reposición del suelo a su estado original ha sido tasado en 11.068,07 euros.
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